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martes, 29 de abril de 2014

Céntimo sanitario

Gasolinera - http://elgrupo-sca.com/
Aunque hace tiempo que se dio a conocer la sentencia del Tribunal Europeo, en CMCONTA hemos decidido escribir sobre ello ahora, porque ya está todo claro y tenemos todos los medios y procedimientos diseñados para poder proceder a la solicitud de la devolución del céntimo sanitario.
Empezamos aclarando algunos términos y aspectos básicos relacionados.

EL CÉNTIMO SANITARIO

Es el nombre con el que se ha conocido en impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos, que fue aprobado por el Ministerio de Hacienda, como un tributo que habilitaba a las Comunidades Autónomas para su recaudación con el fin de financiar la sanidad.

Cuando se implantó en el 2002 su cuantía oscilaba entre 1 y 2,4 céntimos por cada litro de carburante, sin embargo llegó hasta 4.8 céntimos. 

El periodo en el que estuvo en vigor fue desde el 1 de enero de 2002 hasta el 1 de enero de 2013, cuando se integró en el impuesto especial sobre los hidrocarburos.

DEVOLUCIÓN DEL CÉNTIMO SANITARIO
El Alto Tribunal Europeo dictaminó el pasado mes de febrero que el céntimo sanitario vulnera la legislación comunitaria. Ello significa que España tiene que devolver lo recaudado ilegalmente entre 2002 y 2012, sin embargo, en un principio se ha considerado que han prescrito los años anteriores al 2010.

¿Quién puede solicitar la devolución del céntimo sanitario?
La solicitud de devolución va a poder solicitarla cualquier contribuyente que haya abonado este tributo y que disponga de factura detallada que así lo acredite.

Documentos necesarios para solicitar el reintegro
Como ya hemos apuntado, será necesario acreditar por parte del contribuyente que se realizó el pago, lo cual quedará acreditado mediante factura. Un simple ticket no sirve porque no viene el desglose del impuesto pagado.

¿Dónde se debe solicitar la devolución?

La AEAT ha habilitado un modelo para presentar la solicitud de manera telemática de utilización voluntaria para quienes hubieran soportado la repercusión del impuesto y deseen solicitar la devolución del mismo. Es necesaria firma electronica, y debe procederse primero a presentar el formulario con las facturas de combustible (un formulario por cada proveedor) y luego se adjuntan las facturas previamente escaneadas.

¿Desde cuándo puedo reclamar la devolución?

Los contribuyentes que quieran solicitar al fisco lo que han pagado por este impuesto cuando llenaron el depósito de sus vehículos, pagaron por el combustible de calefacción, etc sólo podrán hacerlo de lo pagado desde 2010 hasta diciembre de 2012, dado que el resto de ejercicios fiscales ya están prescritos.
Es necesaria firma electronica, sepresenta primero el formulario con las facturas de combustible (un formulario por cada proveedor) y luego se adjuntas las facturas previamente escaneadas

¿Que podemos hacer por usted en CMCONTA?

En base a la documentación que nos aporte calcularemos la cuantía  total a reclamar, presentando en la sede electrónica de la AEAT, mediante modelo normalizado, un impreso por cada proveedor de combustible y todas las facturas escaneadas, firmando con nuestro certificado digital 

En caso de respuesta negativa por parte de las administraciones,  reclamaremos en su nombre.

Puede contactar con CMCONTA ante cualquier duda y le informaremos sin compromiso, a través del cuestionario de nuestra web o comentando directamente este post.

miércoles, 20 de noviembre de 2013

¿Tu asesoría a 500 kms?


 
En los tiempos que corren, a la velocidad que va todo, y la implicación que debemos a nuestro negocio, el tema del papeleo, necesario, pero engorroso a menudo, supone una traba en nuestro día a día. Con frecuencia nos vemos obligados a tomarnos días exclusivamente para estas cosas, ir a la asesoría nos lleva mucho más tiempo del que tenemos, sobre todo, cuando trabajamos en una ciudad donde los desplazamientos son más largos, pero también en zonas rurales, dónde no siempre tenemos un despacho en nuestra localidad o no nos gusta el único que hay...
En el vídeo que pueden visualizar si "clican" en el enlace superior explicamos las modalidades que solemos encontrar de asesorías a distancia:

 Asesoría tradicional a distancia

El empresario guarda sus facturas expedidas y recibidas, a final de mes las remite por correo tradicional al despacho de su asesor, y éste se encarga de elaborar trimestralmente los impresos necesarios que archiva o hace llegar al cliente. Cuando se hace el cierre del ejercicio se envían todos los documentos recibidos y generados, perfectamente archivados. Con el tema laboral, exactamente igual, se hacen llegar DNI y Tarjeta de la Seguridad Social del trabajador que se quiera dar de alta y mensualmente se hacen llegar las nóminas por correo certificado o e-mail cifrado. En un año no han tenido que desplazarse a su asesoría, pero han estado permanentemente en contacto con ella cómodamente a través de e-mail, correo tradicional o teléfono.

Asesoría on-line

Se instala un equipo para escanear las facturas tanto recibidas, como expedidas (si éstas no se hicieran con un programa de gestión informatizado), y se remiten todas a final de mes en formato digital mediante una plataforma específica o correo electrónico cifrado. El resto de procedimientos son similares al formato anterior, la principal novedad es que todos los trámites pueden realizarse a través de un equipo informático, en un entorno seguro, y se puede tener todo el "papeleo" digitalizado.

Si desea obtener más información sobre el tema puede ponerse en contacto con CMCONTA a través del cuestionario de la web en www.cmconta.es/contacto.es o comentando esta entrada. Esperamos que este artículo les sirva para valorar si podría serles útil una asesoría a 500 kilómetros de su negocio.