Cmconta

viernes, 18 de octubre de 2013

Hacia la economía del emprendedor


En los últimos meses he asistido a diferentes cursos, charlas y encuentros de empresarios extremeños, en los que las palabras estrella son siempre "emprendedor" y "emprendedora".
De un tiempo a esta parte, no dejamos de escuchar la palabra "emprendedor". La palabra en cuestión ha adquirido un carácter positivo, y aquellos que se animan a emprender son personas activas, valientes, comprometidas y luchadoras, con buenas ideas y muchas  ganas de llevarlas a cabo. Últimamente estamos asistiendo al anuncio y publicación de numerosas medidas que favorecen a esta figura, bonificaciones en la cuota de autónomo (porque los emprendedores, recordemos que son los nuevos autónomos tan olvidados antaño), tarifa plana de 50 € para jóvenes, subvenciones para el inicio de actividad, nuevas figuras como el emprendedor de responsabilidad limitada, ayudas para familiares colaboradores, apertura de PAEs (Puntos de Activación Empresarial), herramientas y cursos para formar una idea de negocio, etc.
Desde  luego, nos venden que es el momento de comenzar a trabajar por cuenta propia, y es que cada vez hay más despidos y menos empresas a las que recurrir a buscar un empleo. 
Si tenemos ese gusanillo de nuestro propio negocio o una idea rondando, en este momento desde la administración parece que nos ayudan bastante, pero por otro lado, el consumo se ha frenado y el panorama nacional no es muy halagüeño para animarnos a ello. Por todo, lo más apropiado sería decir "¡Es hora de pensar! ", entrar a valorar si esto de emprender es la solución para reactivar la economía o una moda para mantenernos ocupados mientras pasa el chaparrón.

En esta entrada queremos aclarar a los interesados qué es un emprendedor de responsabilidad limitada, por lo novedoso del concepto, y recopilar algunas de las principales medidas llevadas a cabo en materia de emprendimiento.

El emprendedor de responsabilidad limitada (ERL)

Se crea una nueva figura, el Emprendedor de Responsabilidad Limitada, gracias a la cual las personas físicas podrán evitar que la responsabilidad derivada de sus deudas empresariales afecte a su vivienda habitual bajo determinadas condiciones.
El empresario es libre de constituirse en emprendedor de responsabilidad limitada, pero si lo hace deberá cumplir las obligaciones establecidas en el nuevo marco jurídico. La creación de esta figura va acompañada de las oportunas garantías para los acreedores y para la seguridad jurídica en el tráfico mercantil. En este sentido, la operatividad de la limitación de responsabilidad queda condicionada a la inscripción y publicidad a través del Registro Mercantil y el Registro de la Propiedad.
Algunos de los requisitos para obtener el "título" de ERL son los siguientes: que la vivienda habitual no esté valorada en más de 300.000 € conforme a lo dispuesto en la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el momento de la inscripción en el Registro Mercantil; en el caso de viviendas situadas en población de más de 1.000.000 de habitantes se aplicará un coeficiente del 1,5 al valor del párrafo anterior. Además el emprendedor de responsabilidad limitada deberá formular y, en su caso, someter a auditoría las cuentas anuales correspondientes a su actividad empresarial o profesional de conformidad con lo previsto para las sociedades unipersonales de responsabilidad limitada.

Medidas de apoyo a la iniciativa emprendedora

En Cmconta nos parece importante volver sobre este tema ya tratado en una entrada anterior "Ayudas al emprendedor extremeño" y resumidas en el apartado de Novedades de nuestra web. 
Actualmente se encuentran activas las siguientes ayudas para los emprendedores que inicien una actividad económica:
Nos centramos a continuación en la última de estas ayudas, ya que hoy se ha anunciado la próxima publicación de la ampliación del plazo para la presentación de solicitudes hasta abril de 2014. 
Subvenciones de 7500 € para mujeres desempleadas, varones desempleados menores de 30 años, discapacitados o de más de 50 años. Y de 5000 € para desempleados en general que no se encuentren encuadrados en el apartado anterior, para quienes se den de alta en el Régimen Espacial de Trabajadores Autónomos.

Pueden aportar opiniones mediante os comentarios a esta entrada y contactar con nosotros a través del cuestionario de nuestra web. Además, recordar que pueden seguirnos en las Redes Sociales de Facebook y Twitter y que disponemos de un amplio apartado de novedades en nuestra web http://www.cmconta.es/novedades.html.

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